Consenso histórico entre el alumnado de Conservatorios Superiores

Si los profesores no nos unimos, lo harán los alumnos; pero el cambio de modelo es necesario.

En el último comunicado de FNMESMUSICA (asociación de estudiantes de conservatorios superiores de la que ya hablamos en este blog), presenta un consenso histórico (tanto por magnitud como organización) que nunca antes se había visto entre los estudiantes de los conservatorios superiores de nuestro país.

Presentan una petición en Change.org* organizada en torno a tres grandes ejes y problemas sistémicos:

  1. Títulos y becas
  2. Calidad educativa
  3. Elección del personal docente

En la petición dirigida al actual Ministro de Educación se exige:

  1. La revisión y la creación de un marco legal específico para las Enseñanzas Artísticas Superiores.
  2. La emisión del Suplemento Europeo al Título que aunque estemos pagando, no llegamos a obtener nunca.
  3. Una regulación rigurosa de los cuerpos del profesorado.
  4. La paralización de los accesos al cuerpo de catedráticos dentro de nuestras enseñanzas; en cuyos baremos se puntúan más los méritos administrativos o los obtenidos por ejercer un cargo directivo, que los académicos y artísticos, siendo excluidas las pruebas prácticas o de carácter pedagógico.
  5. Una revisión del sistema de becas al que pertenecemos actualmente.
  6. Convocar al Consejo de Enseñanzas Artísticas Superiores, ausente o prácticamente inexistente en la actualidad, que se encuentra desatendiendo claramente sus funciones.
  7. Una reunión urgente de esta Federación Nacional de Estudiantes de Música con el ministerio.

Como se puede apreciar en la petición están representadas asociacies de estudiantes de todo el territorio español.

Desde Oysiao en el Oasis animamos a leer íntegramente la petición y apoyarla


* Desde este blog se han creados varias campañas en Change.org, (una dirigida al reconocimiento de las Enseñanzas Profesionales de Música y Danza en el catálogo de cualificaciones en el INCUAL – con +15.000 firmas- y otra sobre la transformación de las Enseñanzas Superiores – con +22.000 firmas-).

Puedes consultar tanto las peticiones en change.org como las webs dedicadas (gestionadas y financiadas por el autor de este blog).

Manifiesto FNESMÚSICA sobre Cátedras en Andalucía

logo fnes

Ya era hora de que los alumnos de los Conservatorios Superiores de Música se organizaran y empezaran a entender con profundidad crítica (y no dirigidos a ciegas, como muchos se han aprovechado) cuál es la situación que tenemos en nuestro país. El siguiente manifiesto lo demuestra.

No olvidéis seguir a la Federación Nacional de Estudiantes de Música en:

Facebook: https://www.facebook.com/FNESMUSICA

Twitter: https://twitter.com/fnesmusica

Web: http://www.fnesmusica.es

Mail: info@fnesmusica.es

Proyecto de Ley Nacional de la Música

Al final del artículo se encuentra el borrador (incompleto) al que hemos tenido acceso.

Un proyecto de la Comisión de Cultura

CongresoLa nueva configuración parlamentaria trae nuevas esperanzas para el denostado mundo de la música. Con un futuro incierto acerca de cuándo podrían ser las próximas elecciones, los grupos parlamentarios parece que están escuchando más (y reaccionando más, que es lo importante) a las demandas de la sociedad y las asociaciones profesionales de los diferentes sectores. En esta línea, la Comisión de Cultura del Congreso (dentro de las Comisiones Permanentes del Congreso de los Diputados) está trabajando en un Proyecto de Ley Nacional de la Música que pretenden hacer público en enero de 2017. Al parecer han contado con expertos del ámbito de la educación musical; aunque por la redacción del texto se nota que se ha ideado principalmente desde el ámbito de la cultura y no de la educación, ya que el tema educativo no se trata con toda la profundidad que me gustaría. No obstante, es una gran alegría para todos.

Con la doble cita electoral que hemos tenido recientemente ya vimos que la música, aunque no era protagonista tenía cierto espacio en los programas electorales. En el articulo de DOCENOTAS se hizo una revisión de los mismos el 10/12/2015. E incluso el que ahora les habla fue consultado por los responsables en educación de uno de los cuatro partidos con mayor representación actual en el congreso y sus recomendaciones se vieron reflejadas en el programa electoral. Me reservo el derecho a no decir a qué partido asesoré, ya que a los españoles aun nos cuesta considerar personas sensatas a aquellos cuyos ideales políticos no comulgan con los de cada uno.

Otras Leyes de la Música

Aunque nos pueda parecer extraño un título tan genérico y que no tiene sentido una ley de música (así: “de música”, a secas). No es tampoco una gran novedad la creación de una Ley Nacional de la Música. Está el reciente caso de Argentina, que la vehicula mediante la creación del Instituto Nacional de la Música (en el proyecto español, existiría también un ente homólogo) y tras un largo periodo de negociación (unos 4 años, esperemos que no tarde tanto en nuestro caso), consiguió sacar adelante la Ley Nacional de la Música. Aquí un artículo en Clarín (muy interesante ver la implicación de asociaciones y músicos de reconocido prestigio que se unieron para sacar adelante la ley) y otro de La Nación.

Quien tenga curiosidad, puede consultar el texto completo de la Ley -argentina- de la Música: LINK.

Y en el propio territorio español ya existe un caso (al que el mismo borrador hace referencia) con la novedosa Ley Valenciana de la Música que se aprobó ya por el gobierno regional en 1998. Y según se puede leer en el borrador se prevé y se anima a que el resto de Comunides Autónomas promulguen sendas leyes al amparo de este nuevo marco nacional.

Mandato constitucional

Aunque el único documento al que hemos tenido acceso (suponemos que en 2017 ya se podrá consultar el articulado completo de la última versión del borrador) ha sido el preámbulo, es muy grato ver como argumentan que esta ley nace del mandato de varios artículos de la Constitución Española. Los que cita el borrador son:

Artículo 43.3 de la Constitución Española

Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y la música. Asimismo, facilitarán la adecuada utilización del ocio.

Artículo 44.1

Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.

Artículo 48

Los poderes públicos promoverán las condiciones para la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural.

Y es que, ¡por fin! se reconoce los beneficios que la música puede aportar al desarrollo de las personas y la salud. Recordemos que la OMS (Organización Mundial de la Salud) ya hace tiempo que habla de tres tipos saludes, unidas en lo que llama la salud bio-psico-social. La primera de sus misiones dice así:

La salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades.

Algunos detalles de interés

A continuación cito algunos detalles que me parecen de interés que aparecen en el borrador (que se puede consultar al final del artículo).

En esta primera cita se puede apreciar como el Estado, sin querer invadir el ámbito competencial de las Comunidades Autónomas, asume el rol de coordinar acciones y comunicación a nivel nacional.

la actividad musical constituye una evidente manifestación cultural, sobre la que el Estado no debe ni puede mostrarse ajeno por imperativo de la propia Constitución, aunque sólo sea para facilitar la necesaria comunicación entre los diferentes ámbitos autonómicos. […]. Todo ello con absoluto respeto a las competencias asumidas por las Comunidades Autónomas en sus Estatutos de Autonomía, que ha propiciado en determinados territorios la promulgación de Legislación musical propia en ese ámbito

Cita varios ámbitos en los que se desarrolla la práctica musical (aquí personalmente veo que falta desarrollar más ámbitos, sobretodo en del mundo educativo):

La práctica musical del ciudadano como actividad espontánea, desinteresada y lúdica o con fines educativos y culturales.

La actividad musical organizada a través de estructuras asociativas, instituciones públicas, privadas o patronatos mixtos.

El espectáculo musical, fenómeno de masas, cada vez más profesionalizado y mercantilizado.

Los siguientes párrafos crean una estructura de asociaciones y entidades según su nivel de actuación. Quien tenga interés lo puede leer en el borrador, pero seguramente la estructura planteada en el borrador sufrirá algunas modificaciones en futuras negociaciones. Lo importante es el reconocimiento social y jurídico que les da. Simplemente citaré un párrafo que precisamente habla de este reconocimiento:

Corolario del reconocimiento de la naturaleza privada de las Federaciones Musicales y de su papel de organismo colaborador de la Administración, es la declaración directa y genérica de utilidad pública que la Ley efectúa. El sello de oficialidad que, por habilitación estatal, ostentan las Federaciones musicales españolas, encuentra aquí su manifestación más visible y, al tiempo, justifica la tutela y control del Estado sobre las mismas.

La defensa de los músicos

A priori este apartado me parece de los más importantes para la educación, aunque será necesario contrarrestar el carácter elitista que el imprime de momento el proyecto de ley. Haciendo un símil con el deporte, crea medidas de protección y acompañamiento a los “músicos de alto nivel”:

sobre todo a las medidas de protección a los músicos que por sus especiales cualidades y dedicación, representan a la nación española en eventos musicales y competiciones de carácter internacional. Ninguno de los países de nuestro entorno cultural ha dejado de lado la labor de tutela de este tipo de prácticas musicales, extremando incluso las atenciones aconsejables a dichos músicos. Y todas las medidas que la Ley plantea han venido siendo reclamadas desde antaño por los agentes musicales

Suponemos que, para el ámbito educativo, las medidas (desconcidas hasta ver el artículo completo) estarán por tanto en consonancia con las medidas que actualmente se tiene con los deportistas. Podríamos aventurar que serían tales como:

  • Reserva de plazas tanto en estudios universitarios (mediante notas de corte más bajas, como actualmente tienen los deportistas) con criterio de admisión preferente en centros de estudios pre-universitarios.
  • Promover medidas para la “efectiva compatibilización”. Tutorías académicas, justificación de faltas de asistencia hasta un 25%, flexibilidad en el calendario de exámenes.
  • Creación de más Centros Integrados

¿Alguna idea más? ¡Ahora es el momento de hacer propuestas!

La única pega que veo es qué mecanismos podrá articular la ley para determinar quienes y quienes no pueden beneficiarse de estas medidas. Sin duda es algo que deberemos debatir con calma.

Creación de una Asamblea General de la Música

Por último, podemos saber mediante el borrador, de la creación de la Asamblea General de la Música, homóloga al Instituto Nacional Argentino arriba mencionado, como principal órgano consultivo y de gestión de la música a nivel nacional (¿recuperaríamos así en parte el antiguo Consejo Nacional de Cultura de la Segunda República?).

Y, un aspecto que me parece fundamental es la participación dentro de esa Asamblea de asociaciones profesionales. De momento, la ley habla de una, pero es de suponer que otras entren en un futuro a participar de esta Asamblea.

[…] la creación de la Asamblea General de la Música, incorporándose igualmente la Sociedad para la Educación Musical del Estado Español como asociación privada cuyo objeto consiste en el desarrollo de la educación musical en todas sus etapas y difusión de sus ideales, declarándolo de utilidad pública a efectos de las finalidades que le son propias.

Recordemos que la Sociedad para la Educación Musical del Estado Español (SEM-EE) está auspiciada por la UNESCO y que recientemente ha recibido el apoyo de la misma para reclamar más presencia de la música en el sistema educativo a través de Ulrike Haneman, coordinador de alfabetización.

Borrador del Proyecto de Ley

Y a continuación dejo el borrador que me ha llegado de una fuente que prefiere mantenerse anónima. Como se verá, aunque ya existe también un articulado más o menos desarrollado, solo se han “filtrado” la parte del preámbulo que hace una panorámica general de todos los aspectos que tratará la futura ley. Tendremos que esperar a enero del 2017 para conocer más detalles de una ley, que aunque tiene sus incógnitas y puntos claramente mejorables, sin duda es una de las mejores noticias de los últimos tiempos para nuestro sector.

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ÚLTIMAS PLAZAS para el curso 2016/2017

+ info: http://mastermusica.uji.es/

Presentación de la II Edición del Master Universitario en Didáctica de la Música para titulados superiores de Conservatorios.

La Universidad Jaume I anuncia la segunda edición del Máster Universitario de Didáctica de la Música avalado por la ANECA para el curso 2016-2017. Este máster está dirigido a titulados de Conservatorios Superiores de Música que deseen desarrollar una formación didáctica avanzada como profesorado de Conservatorios Profesionales.

En este blog ya hablamos de la primera edición de este master en varias ocasiones: Prensetación y Verificación por parte de la ANECA.

La segunda edición del master se presentará durante la semana de orientación de la UJI, el viernes 11 de marzo de 2016 a las 10:30h en la Sala de Grados HC0002FR en la Facultad de Ciencias Humanas y Sociales.

+info sobre la semana de orientación: http://ujiapps.uji.es/perfils/futurs/postgraus/base/setmana-orientacio/informacio/?idioma=es

Uno de los aspectos novedosos de este Master es la sinergia de trabajo que se produce entre la Universidad Jaume I (que aporta su profesorado docente e investigador relacionado con la música y la didáctica de la expresión musical, así como todos sus recursos como universidad) y el Conservatorio Superior de Música “Salvador Seguí” de Castellón (que aporta profesorado especialista en las diferentes disciplinas instrumentales, así como profesorado de la didáctica de la música).

La orientación de este master es profesional, pero también permite el acceso a programas de doctorado, ya que además de la capacitación didáctica desarrolla una introducción a la investigación y escritura de textos científicos; como puede verse en plan de estudios:

1 master


2 master

3 master

4 master