Músicos, ¿qué opciones tenemos para actuar de manera legal?

Todos los músicos, clásicos o no, solemos actuar y trabajar de formas muy distintas. Una de ellas son los típicos bolos o conciertos que nos salen ya sea para una sala, un local, un hotel, un ayuntamiento, una boda…etc. El problema de este tipo de trabajos es que el que contrata no siempre nos da de alta como trabajadores, dejando en nuestras manos las responsabilidades con seguridad social y hacienda. No todos los músicos tienen la posibilidad de hacerse autónomos, ya que el trabajo que sacan de estos bolos no es suficiente para mantenerse. Sin embargo, hay otras opciones.

En Gran Pausa no somos expertos en el tema. El objetivo de este post es simplemente dar algunas nociones para todos esos músicos a los que les preocupa este asunto. Para ello nos hemos estado documentando y os resumimos aquí algunas informaciones de utilidad.

Para una información más ampliada, recomendamos leer este post, del que hemos extraído gran parte de nuestros datos.

Primero conoce el sistema

Antes de explicar las distintas opciones, tienes que entender cómo funciona a grandes rasgos el sistema laboral a la hora de pagar impuestos y demás.

Cuando una persona trabaja, en este caso actuando, está realizando dos tipos de actividades, por un lado laboral y por otro económica, ya que percibe dinero por ello. En el ámbito de lo laboral, debemos rendir cuentas ante la Tesorería de la Seguridad Social. En el ámbito económico, a Hacienda. Dependiendo de la forma en que trabajemos, si por cuenta ajena, como autónomos, como sociedad…etc tendremos unas obligaciones distintas con cada entidad.

Tesorería de la Seguridad Social
  • Régimen de Artistas
  • RETA (autónomos)
  • etc…
Hacienda
  • IRPF
  • IAE
  • IVA
  • etc…

Opción I: Integrarse en el régimen especial de artistas

Los músicos pueden darse de alta en este régimen. Una vez hecho, la Tesorería de la Seguridad Social nos dará un Talonario de Justificantes de Actuaciones. Con este talonario, rellenaríamos un justificante por cada actuación, una copia se la queda el que contrata y otra, nosotros.

Impuestos

Al final de año, cotizaremos en la seguridad social según lo que hayamos trabajado, al igual que cualquier otro trabajador que paga lo que responde a la seguridad social a través de su nómina. No tenemos que pagar IVA, de eso debe encargarse el que contrata. Sí que tendríamos que pagar IRPF, y hacer la declaración de renta si estamos obligados a ello, repetimos, como cualquier trabajador normal. Lo ideal con respecto al IRPF es que os lo retenga la empresa en el mismo pago. El tanto por ciento que se suele pagar es del 15%.

Opción II: Constituir una Sociedad Civil o Comunidad de Bienes

Una Sociedad Civil, es la unión de al menos dos  socios con la intención de realizar una actividad que puede ser o no económica. Para establecerla se firma un contrato privado. También debemos registrarnos en Hacienda. Tras los trámites se obtiene el NIF provisional con el que ya se puede abrir una cuenta corriente a nombre de la sociedad, facturar a través de ella o recibir facturas

Con respecto a la Seguridad Social, es recomendable de nuevo darse de alta en el Régimen Especial de Artistas. No es necesario darse de alta en el RETA (Autónomos). Según leemos en Absolutorio: “[…] Las normas del RETA establecen que “se entenderá como trabajador autónomo aquél que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo”. […] En numerosas sentencias, especialmente traer a colación la Sentencia del Tribunal Supremo de 29 de octubre de 1997, que viene a igualar el requisito de la habitualidad al percibo de cantidades equivalentes superiores al salario mínimo interprofesional y mencionar la recogida en  se fija que los ingresos (la contraprestación) deben ser inferiores al Salario Mínimo Interprofesional.”

Impuestos
  • IAE: Es el impuesto que debemos a pagar como sociedad que realiza una actividad económica.
  • IVA: Este impuesto debemos añadirlo al precio de nuestro trabajo en nuestras facturas, según el tanto por ciento que corresponda.
  • IRPF: Este impuesto va sobre el pago a cada artista que forme la sociedad.

Otras opciones: Asociaciones o Cooperativas

Según leemos en el blog Absolutorio:

“[…] en las contrataciones esporádicas o “bolos”, los organizadores incumplían sistemáticamente las obligaciones de dar de alta a los músicos en la Seguridad Social  y de practicar la retención correspondiente.
[…]Dada la mencionada complejidad del sistema laboral, éstos optaron por la contratación mercantil o prestación de servicios. En consecuencia, los músicos se veían obligados a darse de alta en el régimen de autónomos y/o a formalizar de alguna manera la situación de las formaciones musicales para poder facturar sus actuaciones. Por diferentes motivos ambas fórmulas resultaban prácticamente inviables para los músicos, con lo cual se generaron diferentes prácticas irregulares que suponían un riesgo muy alto, tanto para los organizadores como para los propios músicos.[…]”
Cooperativas

Las cooperativas de facturación se han convertido en un parche para solucionar la precariedad laboral de los músicos que viven de bolos. Se trata de una organización que se constituye como cooperativa para tener beneficios fiscales y a través de la cual los músicos facturan. Ellas se encargan de cotizar a la Seguridad Social, hacer la retención de IRPF y pagar a los músicos. Funcionan como un a especie de intermediario. Para conocer más, lee este post.

Asociaciones

El tema de las asociaciones es bastante complejo. Muchos músicos se han establecido en este tipo de agrupaciones para poder trabajar. Sin embargo, hay que señalar que las asociaciones sin ánimo de lucro se caracterizan precisamente porque deben constituirse sin ánimo de lucro. Entre los requisitos, encontramos por ejemplo que no pueden repartirse beneficios entre sus socios. Para más información, leer este post.

Aunque el marco legal no sea muy flexible ni adaptativo con nuestra situación como artistas, siempre debemos atenernos a él. Lee esta noticia sobre una inspección de trabajo que te ayudará a comprender la situación.

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Audiciones para bolsa en Filarmónica de Málaga, Violonchelo y Viola.

Fecha límite para enviar solicitudes: Hasta el 8 de Julio de 2016.

Fecha de las audiciones: 17 de Septiembre de 2016

Convocatoria para ampliar la bolsa de trabajo. 

Requisito pagar 10€ de inscripción.

Toda la información en este enlace,(en la columna derecha bajo el calendario).

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Vídeo – Las redes sociales para acceder al público joven

Este año he dedicado parte de mi tiempo a un trabajo enmarcado en el Máster de Investigación en Ciencias Sociales de la Universidad de Extremadura. Durante este tiempo he investigado cómo las redes sociales pueden usarse como instrumento para llegar a nuevas generaciones de público más joven. Pronto escribiré un post basado en mis hallazgos, que creo que pueden aplicarse a cualquier institución cultural.

Mientras tanto, os dejo la presentación que realicé de este trabajo el pasado viernes. Lamento que la calidad de la imagen no sea la idónea, pero espero que disfrutéis del contenido.

Si tenéis poco tiempo y queréis ir al grano, también podéis ver este vídeo en el que he recopilado las conclusiones de mi trabajo.

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Plaza de profesor de piano y lenguaje musical en Ars Nova, Cuenca

Fecha límite de presentación de solicitudes: 8 de Julio de 2016

Se ofrece:

  • Trabajo de Lunes a Viernes con horario de tardes en la Escuela de Música Ars Nova de Cuenca.
  • Contrato desde Septiembre hasta Junio.
  • Contrato como profesor de Piano en el Campamento de Música, Deporte y Naturaleza Ars Nova, durante el mes de Julio.
  • Posibilidad de participar como intérprete en los Ciclos de conciertos organizados por Ars Nova Intérpretes.
  • Posibilidad de colaboración con el proyecto editorial Ars Nova Books.

Enviar CV a info@arsnovamusica.es

Toda la información en este enlace.

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La postura correcta: los contrabajistas

Una de las claves a la hora de evitar tensiones innecesarias y lesiones es la postura en la que tocamos. Por eso, en Gran Pausa nos hemos decidido a concienciar con una serie de post en los que hablaremos de la postura correcta que hay que mantener según el instrumento que se toque.

Puntos básicos en una buena postura con el contrabajo

  • Mantener una postura cómoda, relajada y natural.
  • El contrabajo es el más grande de los instrumentos de cuerda. Por su envergadura el intérprete debe tocarlo de pie (también se puede sentar en el borde de un taburete alto), sosteniendo con el cuerpo y la rodilla izquierda pero sin hacer presión sobre él. Además, todo el cuerpo del contrabajo tiene que estar ligeramente rotado hacia la izquierda.
  • Estando en posición de pie, se debe regular la altura del instrumento mediante la pica hasta que el puente quede cerca de la mano derecha del artista.
  • Al tocar con partitura, está debe colocarse a nivel de los ojos para mantener la postura ergonómica.
  • Estos son algunos de los defectos más frecuentes en la postura con el contrabajo:
    • Levantar el hombro derecho o ambos hombros, esto hace que la articulación se bloquee y que funcionen
      incorrectamente las demás.
    • Inclinar la cabeza hacia abajo o hacia el mástil, creando tensión en el cuello que inciden a su vez en los hombros.
    • Mantener el cuerpo inclinado hacia un lado u otro.
Mano Izquierda
  • La mano izquierda es la que se encarga de sujetar el contrabajo desde el brazo. Esto se logra colocando el codo hacia arriba y cuidando que la muñeca no se flexione mientras la fuerza se ejecuta desde el hombro haciendo una palanca.
  • La muñeca tiene que estar colocada de tal forma que el antebrazo y la mano describan una línea recta, y en todo momento se debe tener relajada.
  • La mano debe colocarse formando una C, con el pulgar en la parte posterior del mástil y los otros cuatro dedos en la parte superior. Éstos deben llegar al diapasón perpendicularmente, y el pulgar tiene que estar a la altura del dedo corazón.
  • No se debe bajar el codo ni levantar los otros dedos al apoyar el dos y el cuatro.
Mano derecha
  • Cuando se mueve el arco por la parte del talón: el brazo entero se tiene que
    mover en bloque, cuidando que el arco permanezca siempre perpendicular a las
    cuerdas.
  • Cuando se mueve el arco por la parte de la punta: se tiene que estirar el
    antebrazo, dejando la parte anterior al codo quieta. A medida que el arco se acerca a la punta: la mano derecha queda más alejada del cuerpo, y para evitar que el arco gire (el brazo funcionaría como un compás) la muñeca tiene que girar hacia su
    izquierda (movimiento de pronación), para mantener la mano perpendicular respecto a las cuerdas.
  • La muñeca derecha se debe mantener siempre relajada, incluso en momentos de intensidad sonora.
  • Respecto a la sujeción del arco: El arco se puede coger de acuerdo con dos técnicas:
    • Francesa: Requiere un movimiento muy suave y natural de la mano. El arco a pesar de ser más corto se empuña de la misma forma
      que en el violonchelo. Se toma por la cabeza colocando el pulgar derecho en la parte posterior de ésta y metiéndolo ligeramente entre las dos partes de la nuez. El resto de los dedos se sitúan en su parte anterior. Los dedos más importantes para sostenerlo y dirigirlo son el índice y el
      meñique.
    • Alemana: en la que se utiliza el arco Simandl que se sostiene con la palma de la mano hacia arriba como el arco de la viola de gamba.
      • En cualquier caso, la sujeción debe ser lo mas natural posible ya que el músico permanece varias horas con esta posición

Indicaciones generales respecto a la posición de pie:

  • La oreja, el hombro, la cadera y el tobillo deben estar alineados
  • No se deben echar los hombros hacia delante encogiendo el pecho, y tampoco levantarlos. Al mantener las costillas elevadas, se tiene más libertad para respirar y se evita encorvar los hombros.
  • Permanecer de pie puede acentuar en exceso la curvatura lumbar natural. Una buena posición equilibrada de la pelvis y las piernas reducirá la tensión sobre la espalda y la sobrecarga muscular. Las rodillas deben estar ligeramente flexionadas sin tensar las piernas.
  • Mantener las piernas abiertas a una distancia similar a la que hay entre ambos hombros, distribuyendo el peso por igual entre ambas piernas.
  • Los pies deben estar apuntando ligeramente hacia afuera y  apoyados en el suelo con el peso repartido por igual entre la punta y el talón.
    Respecto a la posición del cuerpo con el contrabajo:

 

Información extraída de las Fichas Informativas del Personal Docente de la Región de Murcia. 05944-06. Rev.00. 02/07/12.

Si quieres aprender más sobre lesiones y ejercicios para músicos te recomendamos que leas estos libros

También podéis leer nuestra reseña sobre este otro interesante libro que habla sobre el cuerpo del músico.

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