¿Conoces tus derechos y deberes como músico o cantante?

En España es necesario iniciar un debate a cerca de la consideración social del músico y creo que lo primero que tenemos que saber es qué contexto legal y fiscal nos encontramos.

En nuestro país existe un régimen específico de la Seguridad Social para músicos y artistas, que por cierto tiene un funcionamiento bastante complejo. Los pasos que se deberían seguir para formalizar el alta en este régimen de la Seguridad Social son los siguientes:

1. Las solicitudes de afiliación, y las comunicaciones de sus altas, bajas y variaciones de datos se efectúan conforme a lo establecido para el Régimen General.


2. La Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, o Administración de la misma, expedirá un talonario de justificante de actuaciones a nombre del trabajador afiliado.

3. Al finalizar la prestación de los servicios, el artista entregará al empresario dos ejemplares del justificante para su cumplimentación.

4. Un ejemplar del justificante deberá enviarlo el artista a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administración de la misma, en la que figure adscrito, dentro de los quince días del mes de enero del año siguiente al que tengan lugar dichas actuaciones.

5. El otro ejemplar del justificante quedará en poder del empresario para su presentación mensual junto con la liquidación de cuotas.



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